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¿Adif debía seguir con personal de Algeposa?
  • Publicado: 26.11.2015, 22:02
     
    jagt
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    Hoy os dejo una noticia aparecida en la prensa digital que trae su polemica:

    CitaTribunal UE aclara cómo valorar si Adif debía seguir con personal de Algeposa


    26/11/2015 - 12:22 Agencia EFE



    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) precisó hoy los criterios que la justicia nacional debe tener en cuenta para decidir si Adif (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias) debía haberse hecho cargo del personal de Algeposa, cuando decidió no prorrogar esa contrata.

    En una sentencia, la corte dejó claro que a este litigio se le debe aplicar la legislación europea para aproximar las leyes nacionales sobre el mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas.

    Adif es una empresa pública española de gestión de infraestructuras ferroviarias, titular del servicio de manipulación de unidades de transporte intermodal en la terminal de Bilbao.

    Esta empresa externalizó la gestión de dicho servicio en 2008, mediante una contrata a la empresa Algeposa.

    En junio de 2013, Adif comunicó a Algeposa que no deseaba prorrogar la contrata, ya que quería prestar ella misma ese servicio con sus propios empleados, negándose a subrogarse en los derechos y obligaciones de Algeposa frente a su personal, lo que obligó a proceder a un despido colectivo de varios trabajadores.

    Uno de ellos presentó una demanda contra Adif, el Fondo de Garantía Salarial y Algeposa, al considerar que Adif debía haberse hecho cargo del personal de Algeposa cuando decidió no prorrogar su contrata.

    Un juzgado de Bilbao declaró improcedente el despido y obligó a Adif a indemnizar al demandante.

    Sin embargo, Adif recurrió la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que preguntó al Tribunal de Justicia de la UE si a la situación de este caso se le aplicaría la directiva europea sobre el mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas.

    Los jueces europeos concluyen que la situación está comprendida en el ámbito de aplicación de la directiva, que concierne a las empresas públicas que ejerzan una actividad económica, con o sin ánimo de lucro.

    Precisa asimismo que para que la normativa europea sea aplicable, la transmisión debe tener por objeto una entidad económica que mantenga su identidad.

    En ese caso, considera que el equipamiento será el elemento decisivo para determinar si se trata o no de una transmisión de empresa.

    El tribunal superior de Justicia del País Vasco deberá determinar si ha existido o no una transmisión de empresa y si Adif estaba obligado a subrogarse en la relación laboral de los trabajadores de Algeposa teniendo en cuenta las consideraciones y circunstancias mencionadas por los jueces europeos.


    http://www.finanzas.com/noticias/empleo/20151126/tribunal-aclara-como-valorar-3301273.html

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