• Era el último requisito que Euskotren necesitaba para poder ofrecer servicios intercity en la Y vasca.
El pasado 7 de junio, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), dependiente del Ministerio de Fomento, ha resuelto otorgar a Euskotren, Sociedad Pública del Gobierno Vasco, el Certificado de Seguridad que le faculta para la prestación de servicios de transporte de personas, incluidos los servicios de alta velocidad y la prestación de servicios de mercancías (excluidas mercancías peligrosas) en la Red Ferroviaria de Interés General, administrada por Adif.
Esta certificación es válida para los diversos anchos de vía (1.000mm, 1.435mm y 1.668mm), tanto para red convencional como de alta velocidad, e incluye el acceso a estaciones y terminales.
Toda empresa ferroviaria que desea prestar un servicio de transporte ferroviario, de personas o de mercancías, sobre la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG), debe obtener un Certificado de Seguridad en el que se establecen las condiciones que la misma debe cumplir en materia de sistemas de control, circulación y seguridad ferroviaria, de conocimientos y requisitos de su personal relacionado con la seguridad en la circulación ferroviaria y de características técnicas del material rodante ferroviario que utiliza y de las condiciones de su mantenimiento, así como cualesquiera otras que puedan derivarse de lo previsto en este reglamento y en sus normas de desarrollo.
El Certificado de Seguridad acredita que la empresa ferroviaria, en este caso Euskotren, ha establecido un sistema propio de gestión de la seguridad y está en condiciones de cumplir los requisitos fijados en las especificaciones técnicas que le afectan, así como por otras disposiciones pertinentes de la legislación comunitaria y de las normas nacionales de seguridad, con objeto de controlar los riesgos y prestar servicios de transporte en la red de forma segura.
Hasta ahora, Euskotren disponía de la Licencia de empresa ferroviaria para el transporte de mercancías y personas viajeras por la RFIG de nivel 1, así como del preceptivo Certificado de Seguridad para que sus trenes de mercancías puedan circular por dicha RFIG en ancho ibérico, métrico y alta velocidad. Pero necesitaba también el preceptivo Certificado de Seguridad para que sus trenes de viajeros/as pudiesen circular por dicha red. En octubre de 2017 se iniciaron los trámites para solicitar la ampliación del certificado de seguridad, generando para ello la documentación necesaria gracias al trabajo conjunto con la empresa de consultoría Eurogestión, con la que se ha firmado un acuerdo de colaboración, que acreditase el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario y en el Real Decreto 810/2007 de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la RFIG.
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